Este código ordena el tejido, los usos del suelo y las cargas públicas, incluyendo los espacios públicos y privados y las edificaciones que en éstos se desarrollen, considerando las condiciones ambientales, morfológicas y funcionales de la ciudad en su totalidad. Regula aquellos asuntos relacionados con el uso del suelo y el subsuelo; las cesiones de espacio público, el parcelamiento y la apertura de vías públicas; el sistema de movilidad; el tejido urbano y la edificabilidad; lineamientos del hábitat; reurbanización e integración socio urbana; la protección patrimonial e identidad; los instrumentos de desarrollo territorial y los programas de actuación urbanística; y todos aquellos aspectos que tengan relación con el ordenamiento urbanístico del territorio de la ciudad.
El ámbito de aplicación territorial del Código Urbanístico corresponde a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cuyos límites están fijados en el artículo 8° de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
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Formulario para Solicitud de Material
Buenos Aires [Código urbanístico]
Código Urbanístico [NORMALEG]. -- 1a ed. -- Buenos Aires : GCABA, [2018]. -- Código Urbanístico
Anexo-Ley Nº 6099.
Este código ordena el tejido, los usos del suelo y las cargas públicas, incluyendo los espacios públicos y privados y las edificaciones que en éstos se desarrollen, considerando las condiciones ambientales, morfológicas y funcionales de la ciudad en su totalidad. Regula aquellos asuntos relacionados con el uso del suelo y el subsuelo; las cesiones de espacio público, el parcelamiento y la apertura de vías públicas; el sistema de movilidad; el tejido urbano y la edificabilidad; lineamientos del hábitat; reurbanización e integración socio urbana; la protección patrimonial e identidad; los instrumentos de desarrollo territorial y los programas de actuación urbanística; y todos aquellos aspectos que tengan relación con el ordenamiento urbanístico del territorio de la ciudad.
El ámbito de aplicación territorial del Código Urbanístico corresponde a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cuyos límites están fijados en el artículo 8° de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.