"...Vale recordar que a partir de la reforma de 1994, la constitución nacional incorpora en su artículo 41 el 'patrimonio cultural' equiparando su protección al patrimonio natural. también le da rango constitucional a su protección mediante el 'amparo' en su artículo 43, y aquí viene lo importante siendo el legitimado para presentarse 'el afectado, el defensor del pueblo y las asociaciones que propendan a esos fines, registradas conforme a la ley, la que determinará los requisitos y formas de su organización'..."
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Formulario para Solicitud de Material
Gómez Coronado, Gerardo
El defensor del Pueblo de la Nación (ausente) y el patrimonio
En: M2. -- Año 16, no. 919 (1 oct., 2016). -- Buenos Aires : Página 12, 2016
"...Vale recordar que a partir de la reforma de 1994, la constitución nacional incorpora en su artículo 41 el 'patrimonio cultural' equiparando su protección al patrimonio natural. también le da rango constitucional a su protección mediante el 'amparo' en su artículo 43, y aquí viene lo importante siendo el legitimado para presentarse 'el afectado, el defensor del pueblo y las asociaciones que propendan a esos fines, registradas conforme a la ley, la que determinará los requisitos y formas de su organización'..."