Se determina que los "alcances del título" son aquellas actividades, definidas por cada institución universitaria, para las que resulta competente un profesional en función del perfil del título respectivo sin implicar un riesgo directo a los valores protegidos por el artículo 43 de la Ley de Educación Superior.
Se define que las "actividades profesionales reservadas exclusivamente al título" son un subconjunto limitado dentro del total de alcances de un título, que refieren a aquellas habilitaciones que involucran tareas que tienen un riesgo directo sobre la salud, la seguridad, los derechos, los bienes o la formación de los habitantes.
Se modifica el Anexo V de la Resolución Ministerial Nº 498/2006 que enumera las "Actividades profesionales reservadas al título de arquitecto" y se la reemplaza por el Anexo XXII que forma parte de la presente resolución.
LA OBRA SOLICITADA ESTÁ DISPONIBLE EN SOPORTE PAPEL BAJO LAS SIGUIENTES CONDICIONES:
Si tenés matrícula activa o vitalicia del Consejo Profesional de Arquitectura y Urbanismo, o sos socio/a de las entidades que tienen convenio con la Biblioteca CPAU, podés consultar la obra en la sala de lectura y/o retirarla en préstamo domiciliario.
Si sos estudiante de nivel secundario o universitario, podés consultar la obra en la sala de lectura de forma gratuita presentando DNI y certificado de alumno/a regular.
Si no pertenecés a ninguna de las categorías anteriores, podés consultar la obra en la sala de lectura abonando un arancel.
Formulario para Solicitud de Material
Argentina. Ministerio de Educación
Resolución 1254/2018
En: Boletín Oficial de la República Argentina. -- Año 126, no. 33873 (18 may., 2018). -- Buenos Aires : Dirección Nacional del Registro Oficial, Secretaría Legal y Técnica, [s.f.]
Se determina que los "alcances del título" son aquellas actividades, definidas por cada institución universitaria, para las que resulta competente un profesional en función del perfil del título respectivo sin implicar un riesgo directo a los valores protegidos por el artículo 43 de la Ley de Educación Superior.
Se define que las "actividades profesionales reservadas exclusivamente al título" son un subconjunto limitado dentro del total de alcances de un título, que refieren a aquellas habilitaciones que involucran tareas que tienen un riesgo directo sobre la salud, la seguridad, los derechos, los bienes o la formación de los habitantes.
Se modifica el Anexo V de la Resolución Ministerial Nº 498/2006 que enumera las "Actividades profesionales reservadas al título de arquitecto" y se la reemplaza por el Anexo XXII que forma parte de la presente resolución.