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Resolución N° 152/APRA/20 : se dejan sin efecto los artículos 1°, 2°, 4°, 5°, 6° y 7° de la Resolución N° 85-APRA/20, se derogan las Resoluciones N° 87-APRA/20, N° 91-APRA/20, N° 106-APRA/20, N° 122-APRA/20, N° 123-APRA/20, N° 132-APRA/20 y N° 133-APRA/20, y se prorrogas la vigencia de inscripciones a Registros, Certificados, Constancias, Permisos y trámites administrativos


  En: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. -- no. 5959 (18 sep., 2020). --
Buenos Aires :

GCBA

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  Se prorroga la vigencia de las inscripciones a los Registros, Certificados, Constancias y Permisos enunciados en el Anexo I, cuyo vencimiento operare entre el 16 y el 19 de marzo de 2020, de acuerdo al cronograma establecido en el Anexo II. Se prorroga de manera excepcional la vigencia de inscripciones a Registros, Certificados, Constancias, Permisos y trámites administrativos no contemplados en el artículo 3° de esta Resolución, cuyo vencimiento operare entre el 16 de marzo y el 31 de diciembre de 2020, de acuerdo al cronograma establecido en el Anexo II. Se establece que la Agencia de Protección Ambiental, mantendrá los canales electrónicos exclusivos habilitados a fin de continuar brindando la atención al público y/o recibir presentaciones en formato virtual.

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Formulario para Solicitud de Material

Agencia de Protección Ambiental (Buenos Aires)
Resolución N° 152/APRA/20 : se dejan sin efecto los artículos 1°, 2°, 4°, 5°, 6° y 7° de la Resolución N° 85-APRA/20, se derogan las Resoluciones N° 87-APRA/20, N° 91-APRA/20, N° 106-APRA/20, N° 122-APRA/20, N° 123-APRA/20, N° 132-APRA/20 y N° 133-APRA/20, y se prorrogas la vigencia de inscripciones a Registros, Certificados, Constancias, Permisos y trámites administrativos
En: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. -- no. 5959 (18 sep., 2020). -- Buenos Aires : GCBA, [s.f.]

Se prorroga la vigencia de las inscripciones a los Registros, Certificados, Constancias y Permisos enunciados en el Anexo I, cuyo vencimiento operare entre el 16 y el 19 de marzo de 2020, de acuerdo al cronograma establecido en el Anexo II. Se prorroga de manera excepcional la vigencia de inscripciones a Registros, Certificados, Constancias, Permisos y trámites administrativos no contemplados en el artículo 3° de esta Resolución, cuyo vencimiento operare entre el 16 de marzo y el 31 de diciembre de 2020, de acuerdo al cronograma establecido en el Anexo II. Se establece que la Agencia de Protección Ambiental, mantendrá los canales electrónicos exclusivos habilitados a fin de continuar brindando la atención al público y/o recibir presentaciones en formato virtual.

1. BUENOS AIRES [CIUDAD]; 2. RESOLUCIONES; 3. IMPACTO AMBIENTAL; 4. TRAMITES
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