Resolución N° 344/AGC/20 : se autoriza la permanencia de público en mesas y sillas para el desarrollo de la actividad gastronómica en el espacio al aire libre destinado a playa de estacionamiento en los establecimientos autorizados a funcionar bajo el rubro 1.5 y rubros 2.4.7, 2.4.8 y 2.4.9 del
Anexo II de la Resolución N° 84-AGC/19
En: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. -- no. 5970 (5 oct., 2020). --
Se autoriza con carácter excepcional y transitorio por el plazo de duración de la emergencia sanitaria declarada, respecto a los establecimientos autorizados a funcionar bajo el rubro 1.5 y rubros 2.4.7, 2.4.8 y 2.4.9 Anexo II de la Resolución N° 84/AGC/19, la permanencia de público en mesas y sillas para el desarrollo de la actividad gastronómica en el espacio al aire libre destinado a playa de estacionamiento. El titular del establecimiento deberá presentar ante la Dirección General de Habilitaciones y Permisos la plancheta de habilitación o el Código de Respuesta Rápida (QR) según corresponda y la solicitud conforme Anexo I que forma parte de la presente.
LA OBRA SOLICITADA ESTÁ DISPONIBLE EN SOPORTE PAPEL BAJO LAS SIGUIENTES CONDICIONES:
Si tenés matrícula activa o vitalicia del Consejo Profesional de Arquitectura y Urbanismo, o sos socio/a de las entidades que tienen convenio con la Biblioteca CPAU, podés consultar la obra en la sala de lectura y/o retirarla en préstamo domiciliario.
Si sos estudiante de nivel secundario o universitario, podés consultar la obra en la sala de lectura de forma gratuita presentando DNI y certificado de alumno/a regular.
Si no pertenecés a ninguna de las categorías anteriores, podés consultar la obra en la sala de lectura abonando un arancel.
Formulario para Solicitud de Material
Agencia Gubernamental de Control (Buenos Aires)
Resolución N° 344/AGC/20 : se autoriza la permanencia de público en mesas y sillas para el desarrollo de la actividad gastronómica en el espacio al aire libre destinado a playa de estacionamiento en los establecimientos autorizados a funcionar bajo el rubro 1.5 y rubros 2.4.7, 2.4.8 y 2.4.9 del
Anexo II de la Resolución N° 84-AGC/19
En: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. -- no. 5970 (5 oct., 2020). -- Buenos Aires : GCBA, [s.f.]
Se autoriza con carácter excepcional y transitorio por el plazo de duración de la emergencia sanitaria declarada, respecto a los establecimientos autorizados a funcionar bajo el rubro 1.5 y rubros 2.4.7, 2.4.8 y 2.4.9 Anexo II de la Resolución N° 84/AGC/19, la permanencia de público en mesas y sillas para el desarrollo de la actividad gastronómica en el espacio al aire libre destinado a playa de estacionamiento. El titular del establecimiento deberá presentar ante la Dirección General de Habilitaciones y Permisos la plancheta de habilitación o el Código de Respuesta Rápida (QR) según corresponda y la solicitud conforme Anexo I que forma parte de la presente.
1. BUENOS AIRES [CIUDAD]; 2. RESOLUCIONES; 3. USOS; 4. ESPACIO PUBLICO; 5. CASAS DE COMIDA; 6. ESTACIONAMIENTOS