Disposición N° 1317/DGIUR/25 : establece las condiciones que contarán con autorización simplificada para su localización de solicitudes de consulta de localización de usos
En: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. -- no. 7197 (4 sep., 2025). --
Se procederá a autorizar de manera simplificada la localización de los usos que se encuentren emplazados en edificios incluidos dentro del Listado de Inmuebles Catalogados del Código Urbanístico o del Catálogo Preventivo, y cumplan con las condiciones establecidas en el Anexo I. Tampoco se les exigirán los requerimientos de estacionamiento vehicular, espacios de carga y descarga y/o ascenso y descenso de pacientes/pasajeros; siempre y cuando cumplan con las condiciones detalladas en el Anexo II.
LA OBRA SOLICITADA ESTÁ DISPONIBLE EN SOPORTE PAPEL BAJO LAS SIGUIENTES CONDICIONES:
Si tenés matrícula activa o vitalicia del Consejo Profesional de Arquitectura y Urbanismo, o sos socio/a de las entidades que tienen convenio con la Biblioteca CPAU, podés consultar la obra en la sala de lectura y/o retirarla en préstamo domiciliario.
Si sos estudiante de nivel secundario o universitario, podés consultar la obra en la sala de lectura de forma gratuita presentando DNI y certificado de alumno/a regular.
Si no pertenecés a ninguna de las categorías anteriores, podés consultar la obra en la sala de lectura abonando un arancel.
Formulario para Solicitud de Material
Buenos Aires. Dirección General de Interpretación Urbanística (DGIUR)
Disposición N° 1317/DGIUR/25 : establece las condiciones que contarán con autorización simplificada para su localización de solicitudes de consulta de localización de usos
En: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. -- no. 7197 (4 sep., 2025). -- Buenos Aires : GCBA, [s.f.]
Se procederá a autorizar de manera simplificada la localización de los usos que se encuentren emplazados en edificios incluidos dentro del Listado de Inmuebles Catalogados del Código Urbanístico o del Catálogo Preventivo, y cumplan con las condiciones establecidas en el Anexo I. Tampoco se les exigirán los requerimientos de estacionamiento vehicular, espacios de carga y descarga y/o ascenso y descenso de pacientes/pasajeros; siempre y cuando cumplan con las condiciones detalladas en el Anexo II.