Ley Nº 288 : Salas de espectáculos cinematográficos. Existirá cartel indicador en la boletería por el cual se informará el momento en que se hayan vendido el noventa por ciento (90) de las localidades
.Buenos Aires
. En: BOLETIN OFICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES.Buenos Aires :
, [s.f.]. no. 853 (6 ene., 2000). (A) ARTICULO